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Columnas de Opinión | Tres años de gobierno y una negociación que sigue sin resolverse en Lloret de Mar

Cuando una Administración sustituye la concertación por la confrontación, el problema deja de ser exclusivamente laboral para convertirse en una cuestión de responsabilidad política.

La Policía Local de Lloret de Mar atraviesa una situación que difícilmente puede calificarse de normal. Un convenio cuya renovación arrastra doce años de retraso, más de tres años de mandato del actual gobierno municipal y un conflicto laboral que, lejos de resolverse, ha provocado un profundo deterioro de las relaciones entre la Administración y buena parte de sus trabajadores.

Durante este largo periodo, muchas de las mejoras aplicadas a la plantilla han respondido a disposiciones legales de obligado cumplimiento, más que a acuerdos fruto de una negociación colectiva efectiva.

La pregunta es inevitable: ¿cómo es posible que una Administración pública no haya conseguido alcanzar una solución estable después de tantos años?

El actual gobierno no es responsable del origen del problema, pero sí debe responder de su gestión durante los últimos tres años.

Negociar no consiste únicamente en convocar reuniones o intercambiar propuestas. Significa escuchar, argumentar, acercar posiciones y aceptar que cualquier acuerdo requiere concesiones razonables.

La negociación colectiva no puede convertirse en un simple trámite para justificar decisiones previamente adoptadas.

Gobernar mediante decretos no resuelve los problemas estructurales

La imposición de horas extraordinarias obligatorias mediante decretos de Alcaldía ha añadido tensión a un escenario ya suficientemente deteriorado.

Es evidente que el Ayuntamiento debe garantizar la continuidad de los servicios públicos y la seguridad ciudadana. Pero las medidas excepcionales deben estar justificadas, ser proporcionadas y respetar los derechos de los empleados públicos.

Lo verdaderamente preocupante sería convertir la excepcionalidad en una herramienta ordinaria de gestión.

Paralelamente, las modificaciones organizativas impulsadas desde la Jefatura accidental suscitan interrogantes sobre la participación sindical cuando afectan a las condiciones de trabajo.

El artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado Público establece obligaciones de negociación que no desaparecen por el simple ejercicio de la potestad organizativa municipal.

Dirigir una organización policial implica asumir responsabilidades, no confundir autoridad con unilateralidad.

El informe del catedrático Trayter: soluciones jurídicas que merecen una respuesta

Existe, además, un elemento especialmente relevante que debería contribuir a superar este bloqueo.

El 28 de julio de 2026, el Excmo. Dr. Joan Manuel Trayter Jiménez, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Girona, firmó un extenso informe jurídico de 58 páginas, elaborado a petición del propio Ayuntamiento de Lloret de Mar.

Su objeto era analizar los límites de la masa salarial y las posibilidades legales de realizar adecuaciones retributivas singulares y excepcionales, con especial referencia a la Policía Local.

El dictamen tiene una importancia que no debería minimizarse.

Trayter analiza distintas alternativas jurídicas para mejorar determinadas retribuciones, entre ellas las vinculadas a la valoración de puestos de trabajo, la modificación de complementos específicos, la productividad asociada al cumplimiento de objetivos y el reconocimiento de determinadas responsabilidades profesionales.

También aborda cuestiones específicas de la Policía Local, como las unidades especializadas, los cabos que asumen funciones de jefe de turno y las gratificaciones por servicios extraordinarios o comparecencias judiciales.

Naturalmente, estas posibilidades no constituyen una autorización para incrementar indiscriminadamente las retribuciones. El propio informe exige singularidad, excepcionalidad, motivación suficiente y cumplimiento de los procedimientos legales y presupuestarios.

Pero su aportación resulta fundamental: el ordenamiento jurídico contempla instrumentos que pueden permitir soluciones negociadas, siempre que se justifiquen adecuadamente.

Y aquí surge una pregunta que la Administración debería responder con claridad:

Si el propio Ayuntamiento encargó un informe a un catedrático de reconocido prestigio que identifica posibles vías jurídicas de solución, ¿qué tratamiento efectivo se ha dado a sus conclusiones durante la negociación?

No se trata de utilizar el dictamen para dar automáticamente la razón a los representantes sindicales ni de desacreditar los informes de los técnicos municipales.

Se trata de confrontar jurídicamente los distintos criterios, motivar las discrepancias y explorar seriamente las alternativas que sean legalmente viables.

Porque un informe de esta naturaleza no debería terminar convertido en otro documento dentro de un expediente administrativo.

Su verdadero valor reside en contribuir a resolver el problema para el que fue solicitado.

La responsabilidad de gobernar también exige saber concertar

Después de más de tres años de mandato municipal, resulta legítimo exigir algo más que declaraciones de buenas intenciones, decretos e interlocuciones que no han conseguido recomponer la confianza.

La seguridad pública necesita estabilidad, planificación y profesionales motivados.

La ciudadanía tiene derecho a recibir un servicio policial de calidad. Y quienes lo prestan tienen derecho a unas condiciones laborales dignas y a una negociación colectiva desarrollada de buena fe.

Ambos objetivos son perfectamente compatibles.

Quizás haya llegado el momento de reconocer que los actuales mecanismos de interlocución necesitan una revisión y que convendría incorporar una mediación independiente, con solvencia jurídica y capacidad real para facilitar acuerdos.

El informe del profesor Trayter puede constituir una base técnica especialmente útil para iniciar ese camino, junto con el resto de documentación económica, jurídica y organizativa.

Lloret de Mar no necesita vencedores ni vencidos. Necesita recuperar la confianza, reconstruir el diálogo y alcanzar soluciones duraderas.

Gobernar no es imponer. Dirigir no es confrontar. Negociar no es rendirse.

Y, sobre todo, conviene recordar algo elemental:

Una Administración que dispone de instrumentos jurídicos para buscar soluciones no debería conformarse con administrar indefinidamente el conflicto.

Después de tres años, el gobierno municipal debe demostrar que la voluntad de negociar puede traducirse en acuerdos.

Porque la verdadera autoridad institucional no se mide por el número de decretos aprobados, sino por la capacidad de resolver los problemas.

Carles AROS SÁNCHEZ
Inspector de Policía Local (Retirado)

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