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Multa de 12.000 euros en Lloret por alquilar durante 14 noches un piso turístico sin licencia

El Ayuntamiento de Lloret de Mar ha abierto un procedimiento sancionador por un importe de 12.000 euros contra la persona responsable de comercializar como alojamiento turístico un inmueble situado en el carrer del Torrentó sin disponer de la licencia necesaria. Además de la sanción económica, el decreto municipal contempla una medida cautelar especialmente clara: precintar la puerta de la vivienda para impedir que el inmueble pueda seguir utilizándose para estancias turísticas.

El anuncio hizo saltar las alarmas

La actuación comenzó a raíz de las comprobaciones realizadas por los Servicios de Inspección municipales, que localizaron un anuncio publicado en un portal inmobiliario en el que la vivienda se ofrecía para alquileres de verano con estancias por semanas. Ante esta situación, las inspectoras municipales llevaron a cabo una inspección del inmueble conjuntamente con la Policía Administrativa para comprobar si la actividad que se estaba anunciando contaba con la correspondiente habilitación.

Durante la visita al inmueble, una persona que se encontraba alojada en la vivienda aportó información e imágenes relacionadas con la reserva. La documentación permitió comprobar que se había contratado una estancia de 14 noches por un importe de 1.000 euros. Las posteriores verificaciones realizadas por los servicios municipales determinaron que el inmueble no disponía de licencia para desarrollar la actividad como vivienda de uso turístico.

Una estancia de 14 noches por 1.000 euros

Uno de los elementos que aparecen recogidos en las actuaciones municipales es precisamente la información facilitada durante la inspección por la persona alojada. Las imágenes y datos de la reserva permitieron acreditar una estancia de dos semanas, concretamente 14 noches y por un importe total de 1.000 euros. El inmueble, según las comprobaciones efectuadas, estaba siendo ofrecido y utilizado para una actividad turística pese a no contar con la autorización correspondiente.

De este modo, la actuación municipal no se limita al anuncio localizado en internet, sino que las comprobaciones realizadas en el propio inmueble permitieron recabar información sobre una reserva concreta y sobre las condiciones de la estancia. Los servicios municipales constataron finalmente que la vivienda carecía de la licencia necesaria para ejercer legalmente esta actividad.

La infracción está considerada grave

El decreto municipal considera que los hechos constituyen una infracción grave de la Ley de turismo de Cataluña, al haberse comercializado servicios turísticos sin disponer de la habilitación correspondiente. Por este motivo, el procedimiento sancionador fija una multa de 12.000 euros por la actividad detectada en el inmueble del carrer del Torrentó.

Además de la sanción económica, el Ayuntamiento ha acordado una medida cautelar para evitar que la actividad continúe mientras se aplica la actuación municipal. En concreto, se establece la colocación de un precinto en la puerta de la vivienda, con el objetivo de impedir que el inmueble pueda seguir siendo utilizado como alojamiento turístico.

Precinto para impedir que continúe la actividad

La medida adoptada supone, por tanto, que el inmueble no podrá continuar funcionando como alojamiento turístico en las condiciones detectadas por los servicios municipales. El precinto cautelar se plantea como una herramienta para evitar que se mantenga el uso turístico de una vivienda que, según las comprobaciones realizadas, no contaba con la licencia necesaria para ejercer esta actividad.

El caso del carrer del Torrentó vuelve a poner sobre la mesa el control municipal sobre los alojamientos turísticos que se comercializan sin la correspondiente habilitación. En este expediente concreto, la actuación se inició tras detectar la oferta en un portal inmobiliario y continuó con una inspección conjunta de los servicios municipales y la Policía Administrativa, que permitió comprobar la existencia de una reserva y confirmar que el inmueble no disponía de licencia turística.

12.000 euros de sanción y una vivienda precintada

Así, el expediente concluye con una sanción de 12.000 euros por la comercialización de la vivienda como alojamiento turístico sin licencia y con el acuerdo de precintar cautelarmente el acceso al inmueble para impedir que se siga utilizando con esta finalidad. Una actuación que deja claro que anunciar una vivienda para estancias turísticas no es suficiente: el inmueble debe contar con la habilitación correspondiente para poder desarrollar legalmente esta actividad.

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